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Contrato de arrendamiento

Registro de Contratos de Arrendamiento

Los contratos de arrendamiento o subarrendamiento son los que se hacen cuando se da en alquiler una casa, un local comercial o cuarterías.

Deben de hacerse por escrito y en su contenido se debe detallar los nombres y generales del arrendador y arrendatario, la descripción del inmueble que se está dando en alquiler, la cuota mensual de alquiler y el tiempo por el cual será alquilado.

El propietario del inmueble debe registrar el contrato en el Departamento Administrativo de Inquilinato (DAI) dependencia de la Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización quien es el ente encargado de administrar el control de la base de datos de los inmuebles que son dados en alquiler.

En los casos que se deba exigir el cumplimiento del contrato de arrendamiento ante el Juzgado de Inquilinato deberá estar inscrito y de no tenerlo se incurrirá en una multa equivalente a un mes de alquiler.

Requisitos necesarios para el registro de contratos de arrendamiento:

1. Contrato de arrendamiento original y dos fotocopias.

2. Tarjeta de identidad de arrendador y fotocopia.

3. Pago de tarifa establecida por la DAI en concepto de certificación y registro de contrato.

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