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Contrato de arrendamiento

Registro de Contratos de Arrendamiento

Los contratos de arrendamiento o subarrendamiento son los que se hacen cuando se da en alquiler una casa, un local comercial o cuarterías.

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Deben de hacerse por escrito y en su contenido se debe detallar los nombres y generales del arrendador y arrendatario, la descripción del inmueble que se está dando en alquiler, la cuota mensual de alquiler y el tiempo por el cual será alquilado.

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El propietario del inmueble debe registrar el contrato en el Departamento Administrativo de Inquilinato (DAI) dependencia de la Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización quien es el ente encargado de administrar el control de la base de datos de los inmuebles que son dados en alquiler.

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En los casos que se deba exigir el cumplimiento del contrato de arrendamiento ante el Juzgado de Inquilinato deberá estar inscrito y de no tenerlo se incurrirá en una multa equivalente a un mes de alquiler.

Requisitos necesarios para el registro de contratos de arrendamiento:

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1. Contrato de arrendamiento original y dos fotocopias.

2. Tarjeta de identidad de arrendador y fotocopia.

3. Pago de tarifa establecida por la DAI en concepto de certificación y registro de contrato.

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